¿Qué valor probatorio tiene la denuncia ratificada por un empleado de una empresa privada contratada por un Ayuntamiento para la regulación del aparcamiento de vehículos a motor?

¿Qué valor probatorio tiene la denuncia ratificada por un empleado de una empresa privada contratada por un Ayuntamiento para la regulación del aparcamiento de vehículos a motor?

La respuesta a esta cuestión nos las ofrece la sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 11 de mayo de 2015 que declara que “pero ello no significa que la denuncia ratificada carezca de todo valor sino que se trata de una prueba que debe ser valorada conforme a la sana crítica; es en relación con los empleados de empresas privadas que contratan los ayuntamientos la regulación del aparcamiento de vehículos a motor cuando el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional han ido elaborando un cuerpo doctrinal del que se deduce que la denuncia de los mismos equivale a la de un particular (sentencia del Tribunal Supremo 1 de octubre de 1991) por lo que la misma, por sí sola, carece de fuerza suficiente para destruir la presunción de inocencia. Pero, como se ha adelantado, eso no significa que carezca de valor alguno porque siempre serán un elemento probatorio a tener en cuenta conjugándolo con el resto de pruebas y circunstancias que debe ser valorado conforme a la sana crítica para que, primero el órgano con competencias para resolver el expediente y luego, en su caso, el Tribunal, pueda alcanzar la convicción sobre la ocurrencia o no de ese hecho supuestamente constitutivo de infracción administrativa (sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre, 16 de abril y 22 de diciembre de 2002, entre otras). Como se puede deducir de la sentencia del Tribunal Constitucional 217/1989, 341/1993 o del Tribunal Supremo de 4 de octubre de 1996, el documento firmado y ratificado por esos agentes debe tener la consideración de testifical, medio de prueba que también debe ser valorado conforme a la sana crítica.”

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