Al solicitar la pensión de viudedad el Instituto Nacional de la Seguridad Social aplicó por error una base reguladora más alta de lo que me correspondía ¿puede ahora reclamarme la diferencia la Seguridad Social?
Al solicitar la pensión de viudedad el Instituto Nacional de la Seguridad Social aplicó por error una base reguladora más alta de lo que me correspondía ¿puede ahora reclamarme la diferencia la Seguridad Social?
Si el Instituto Nacional de la Seguridad Social te aplicó, al calcularte la pensión de viudedad, una base reguladora errónea, lo más probable es que inicie un expediente de revisión y te reclame lo que hayas percibido de más por este concepto.
Ahora bien, debes tener en cuenta que la administración no puede actuar en tu perjuicio más allá del plazo de 4 años desde que se reconoció la pensión (artículo 146 LRJS). De esta forma tan solo podrá reclamarte las cantidades que hayas percibido de más los últimos 4 años, pero no lo anteriores, porque ese es el plazo máximo para que la Seguridad Social pueda corregir sus propios errores y ni un día más. Todo lo anterior habría prescrito en tu favor. (STSJ Aragón 10 de junio de 2015).”
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