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¿Puede extinguirse la pensión de alimentos al hijo mayor de edad por falta de rendimiento académico?

Resuelve esta duda la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en sentencia número 95/2019 de 14 de febrero que ha declarado que “en la sentencia recurrida, como hemos razonado, se fija un límite temporal de un año para la continuidad en la percepción de alimentos, entendiendo que ese es un plazo razonable para adaptarse el hijo a su nueva situación económica habida cuenta que su nulo rendimiento académico le hace acreedor a la extinción próxima de la pensión, de acuerdo con el art. 152.5 del Código Civil.

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