¿Cómo hay que distribuir la condena en costas a los condenados por uno o varios delitos?

¿Cómo hay que distribuir la condena en costas a los condenados por uno o varios delitos?

La respuesta a esta cuestión nos las ofrece la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2014 que recuerda con apoyo del ministerio fiscal que “ esta sala, en sentencias que cita, ha declarado que la distribución de las costas debe realizarse, en primer término, conforme al número de delitos enjuiciados, dividiendo luego cada fracción resultante entre los distintos condenados; y declarando, en fin, de oficio la porción de costas correspondiente a los acusados absueltos. Siendo así, expone también el fiscal, en esta causa se operó sobre siete delitos (allanamiento, secuestro, tres agresiones sexuales, lesiones psíquicas y contra la integridad moral) y tres acusados. Los tres fueron absueltos de uno de los delitos y el recurrente no fue acusado de las agresiones sexuales, así que, en efecto, tiene que estimarse el motivo.”

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