¿Qué Tribunal es competente territorialmente por la presentación de un documento de solicitud de transmisión de vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico, en la que la firma del transmitente está presuntamente falseada?

¿Qué Tribunal es competente territorialmente por la presentación de un documento de solicitud de transmisión de vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico, en la que la firma del transmitente está presuntamente falseada?

La respuesta a esta cuestión, nos las ofrece la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que en auto de 26 de noviembre de 2015, declara que “la cuestión de competencia negativa planteada debe ser resuelta como propugna el Ministerio Fiscal ante esta Sala a favor de Zaragoza. Nos encontramos con una investigación de unos hechos que consisten en la presentación de un documento de solicitud de transmisión de vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico, en la que la firma del transmitente está presuntamente falseada. No consta quien hizo la falsedad, ni donde se realizó ésta. La denuncia en Soria se interpuso porque a la transmitente le había llegado una multa cuando había vendido el coche, pero el hecho que ya decimos de incierto carácter delictivo no es el que se denuncia en Soria, sino que consiste en la suplantación de la firma de la vendedora desconociéndose la autoría y el lugar de la misma, y en la presentación de la solicitud de transmisión del vehículo por un ulterior adquirente en Zaragoza, partiendo de que en Soria no se produce hecho delictivo alguno, es sólo el lugar de presentación de la denuncia, y constando que en Zaragoza es el lugar donde consta que se realiza una conducta que pudiera ser delictiva, a Zaragoza conforme al art. 14.2 LECrim. le corresponde la competencia.”

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