¿Qué Juzgado tiene competencia territorial para llevar la instrucción de un delito contra la propiedad industrial?
Penal
¿Qué Juzgado tiene competencia territorial para llevar la instrucción de un delito contra la propiedad industrial?
La respuesta a esta cuestión nos las ofrece el auto de 1 de julio de 2015 dictado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que nos enseña que «esta Sala viene pronunciándose, entre otras ver cuestión de competencia 20257/14 auto de 17 de septiembre de 2014, con cita de los autos de 23.02.06, 13.04.05, 17.02.06 22.11.07, 29.01.08, 30.09.10, 04.11.11, 11.07.12, 27.04.12 y más recientemente 03.04.13 y 25.09.13 y 2 6.02.14 cuestión de competencia 20798/13, entre otros, a favor del lugar correspondiente al lugar de importación de las mercancías falsificadas. En el caso que nos ocupa habiéndose ocupado las mercancías supuestamente falsificadas en la aduana de Madrid debe diferirse la competencia a favor de este Juzgado, lugar en que se materializó el acto concreto de importación y donde en consecuencia aparecieron pruebas de la infracción penal (art. 15.1 LECrim). Los fueros subsidiarios del art. 15 LECrim están prejuzgados o escalonados según un orden de preferencias según proclama expresamente tal norma. La competencia será del primero en conocer solo cuando no concurra un fuero preferente. Aplicando esta doctrina la competencia a Madrid corresponde.»
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