¿Qué Juzgado es el competente territorialmente en un juicio verbal de reclamación de rentas en contrato de arrendamiento?
¿Qué Juzgado es el competente territorialmente en un juicio verbal de reclamación de rentas en contrato de arrendamiento?
La respuesta a esta cuestión nos las aclara la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que en auto de 5 de abril de 2017 señala que “la presente cuestión de competencia territorial se plantea entre el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Valencia y el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Móstoles, en relación a un juicio verbal de condena pecuniaria derivada de contrato de arrendamiento de vivienda, en concepto de rentas y cantidades asimiladas impagadas.”
Para el Tribunal “en el presente caso, el conflicto negativo de competencia se plantea entre el Juzgado del lugar donde se presenta la demanda que coincide con el domicilio del actor y el Juzgado del lugar del domicilio del demandado. En el presente caso, dada la acción ejercitada, reclamación de rentas y cantidades asimiladas, derivada de contrato de arrendamiento, conforme al art. 52.1.7ª LEC, la competencia territorial corresponde, por aplicación de la norma imperativa, al lugar donde se encuentra la vivienda arrendada. Criterio mantenido por esta Sala, entre otros, en Autos de 2 de marzo de 2016, conflicto n.º 245/2015, de 10 de junio de 2014 , conflicto n.º 51/2014, de 10 de septiembre de 2013, conflicto n.º 95/2013. Ahora bien, dado que el inmueble arrendado se encuentra en Ibiza, y dado que los juzgados de dicho partido judicial no se corresponde con ninguno de los juzgados en liza, procede la devolución de los autos al Juzgado de Primera Instancia n.º 21 de Valencia, a los efectos de dar el trámite oportuno, dado que se inhibió indebidamente.”
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