¿Es posible interponer recurso de casación contra un auto recaído en apelación en la pieza de oposición a una ejecución hipotecaria?

¿Es posible interponer recurso de casación contra un auto recaído en apelación en la pieza de oposición a una ejecución hipotecaria?

La respuesta a esta cuestión nos las ofrece el auto de 25 de abril de 2016 dictado por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que al respecto nos enseña que este tipo de resoluciones “no es susceptible de casación, y por tanto tampoco de infracción procesal, al estar limitado este último recurso, durante la vigencia del régimen provisional de la Disposición final decimosexta, a las sentencias dictadas en segunda instancia, lo que exceptúa siempre a los autos, sin que pueda formularse un recurso contra esta última clase de resolución en base a lo previsto en el art. 468 LEC , pues este precepto es inaplicable por expresa declaración contenida en el apartado dos de la mencionada Disposición final decimosexta, en cuyo apartado uno comienza por establecerse que únicamente cabrá el recurso por infracción procesal contra las resoluciones susceptibles de casación, esto es, las sentencias dictadas en la segunda instancia, como anteriormente se hizo constar, condición de la que carece la resolución recurrida al haber adoptado la forma de auto. En definitiva, estamos ante una resolución irrecurrible en casación y, por tanto, también en infracción procesal, tal y como se ha indicado en autos de esta Sala, entre otros de fechas 13 de marzo de 2012, recurso nº 78/2012, 27 de marzo de 2012, recurso nº 63/2012 y 16 de mayo de 2012, recurso nº 86/2012.

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