¿Cuándo comienza el plazo de caducidad para ejercitar la acción de protección civil del derecho al honor por el tratamiento de datos personales incumpliendo los requisitos legales?

¿Cuándo comienza el plazo de caducidad para ejercitar la acción de protección civil del derecho al honor por el tratamiento de datos personales incumpliendo los requisitos legales?

La respuesta a esta relevante cuestión nos las ofrece la reciente sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 2015 que frente a la alegación de la parte demandada que alegaba la caducidad de la acción ejercitada declara como extremos relevante para apreciar si la acción ejercitada estaba caducada que “lo relevante para apreciar si la acción ha caducado no es cuándo se publicó la noticia en el periódico en papel, sino si persiste el tratamiento de los datos personales que no cumple los requisitos de la normativa sobre protección de datos personales y causa un daño a los afectados al vulnerar su honor y su intimidad.”
Añade el alto Tribunal que “las sentencias de esta Sala núm. 899/2011, de 30 de noviembre, 28/2014, de 29 de enero, y 307/2014 de 4 de junio, consideraron que los daños producidos por el tratamiento de los datos personales que no cumpla los requisitos que establece el ordenamiento jurídico, tienen naturaleza de daños continuados y que el plazo para el ejercicio de la acción de protección de los derechos del afectado por el tratamiento ilícito de datos personales no se inicia en tanto el afectado no tenga conocimiento del cese de dicho tratamiento.”
Concluye la Sala de lo Civil afirmando que “cuando se interpuso la demanda, persistía el tratamiento de los datos personales que las personas demandantes consideraban ilícito, vulnerador de sus derechos fundamentales y causante de daños cuya indemnización solicitaban, pues sus datos personales seguían incluidos en la web en un modo que permitía su indexación por los buscadores de Internet, por lo que la acción para solicitar el cese del tratamiento de los datos personales y la indemnización de los daños no había caducado.”

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