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El recurso del Fiscal contra la clasificación del interno con excarcelación ¿tiene efectos suspensivos?

Esta cuestión novedosa acaba de encontrar cumplida respuesta por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en que su sentencia número 965/2022 de 15 de diciembre de 2022 ha declarado como doctrina legal unificada que “en el caso de delitos graves, la decisión de progresión a clasificación que faculte la excarcelación del interno, como sucede con el tercer grado, haya sido adoptada por el órgano administrativo o por el JVP, cuando sea recurrida por el Fiscal, dicho recurso producirá efecto suspensivo, que se mantendrá hasta la resolución por el órgano ad quem, Tribunal sentenciador, con carácter preferente y urgente, bien del referido efecto o bien del fondo de la cuestión.

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¿Deben considerarse las sanciones de suspensión del ejercicio de una profesión colegiada de cuantía indeterminada para poder acceder al recurso de apelación?

Responde a esta cuestión  la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo que en su sentencia número 1658/2022 de  14 de diciembre de 2022 declara que “procede reiterar como criterio jurisprudencial que en las sanciones de suspensión del ejercicio de la abogacía, por trascender la sanción de la mera dimensión pecuniaria porque junto con un aspecto cuantificable plantea otro no susceptible de ser evaluado económicamente, la pretensión de anulación de dicha sanción de suspensión debe de considerarse de cuantía indeterminada a los efectos de poder ser recurrida en apelación.

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